TERCER
GRADO- “ A –B- G ”
SESIÓN DE APRENDIZAJE N° 14
CRÓNICAS DE LAS NUEVAS NORMAS DE CONVIVENCIA SOCIAL
¿CÓMO EMPEZAMOS?
Los medios de
comunicación presentan a diario situaciones difíciles que nos afectan y que
afectan a muchas familias en la comunidad donde vives y en el país. Asuntos
públicos como la salud, la educación, la seguridad ciudadana, el comercio de
alimentos, el uso de espacios públicos, la violencia familiar, entre otros
están aquejando de una manera o de otra a miles de peruanas y peruanos de todas
las edades.
Responde la siguiente pregunta:
Saberes previos:
· ¿De qué manera las/os adolescentes
pueden involucrarse en los asuntos públicos de su comunidad y del país?
¿QUE APRENDERÉ HOY?
Evaluarás los acuerdos y normas de convivencia que se
implementan por la pandemia del COVID-19, y propondrás estrategias para
enfrentar conflictos, a partir de la evaluación de prácticas culturales
¿QUÉ HARÉ? Parafrasear: lo leído o
escuchado, pero empleando tus propias palabras. Del siguiente texto: (Al finalizar enviar como parte de tu evidencia)
CRÓNICAS DE LAS NUEVAS NORMAS DE CONVIVENCIA SOCIAL
La pandemia originada por el COVID-19 ha generado que el
Gobierno nacional implante normas de convivencia que permitan el
distanciamiento social entre las personas para reducir el riesgo de propagación
del virus y el impacto sanitario. Estas normas se han plasmado en decretos
supremos firmados por el presidente y los ministros de Estado. El primer
decreto supremo fue emitido el 15 de marzo y declaraba el estado de emergencia
nacional por el plazo de quince (15)
días. Esta medida debería ser solo hasta
el 30 de marzo, pero el presidente junto con los ministros extendía el
aislamiento social cada 15 días. El 9 de mayo emite un nuevo decreto supremo y
se dictan las siguientes medidas:
• Se extiende el estado de emergencia nacional a partir
del lunes 11 de mayo de 2020 hasta el domingo 24 de mayo de 2020.
• Se dispone la inmovilización social obligatoria de
todas las personas en sus domicilios desde las 20:00 horas hasta las 04:00
horas del día siguiente, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los que la inmovilización social
obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 16:00 horas hasta
las 04:00 horas del día siguiente.
• El día domingo la inmovilización social obligatoria es
para todos los ciudadanos durante todo el día.
• El personal de prensa escrita, radial o televisiva
podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre
que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su
DNI.
• Se permite el desplazamiento de aquellas personas que
requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en
grave riesgo su vida o salud.
• Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por
las vías de uso público.
• En los bancos y otras entidades financieras, se permite
un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%).
• En los mercados, supermercados, establecimientos
comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no
preparados, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%).
• Las personas pertenecientes a los grupos de riesgo solo
pueden salir excepcionalmente de su domicilio, siempre que requieran de
atención médica urgente
• Se mantiene la prohibición de eventos o actividades que
generan aglomeración de personas. El Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM indica que
la ciudadanía deberá adaptarse a diferentes prácticas para una nueva
convivencia social,
• Se dispone la inmovilización social obligatoria de
todas las personas en sus domicilios desde las 21:00 horas hasta las 04:00
horas del día siguiente, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa,
Huarmey y Casma del departamento de Áncash, que rige desde las 18:00 horas
hasta las 04:00 horas del día siguiente.
• Asimismo, el día domingo, la inmovilización social
obligatoria es para todos.
- El distanciamiento social no menor de un (1) metro.
- El lavado frecuente de manos.
- El uso de mascarilla.
- La protección a adultos mayores y personas en situación
de riesgo.
- La promoción de la salud mental.
- La continuidad del tamizaje de la población.
- La continuidad del fortalecimiento de los servicios de
salud.
- El uso de las tecnologías de la información para
seguimiento a pacientes COVID-19.
- El uso de datos abiertos y registro de información.
- La lucha contra la desinformación y la corrupción.
• En relación con los medios de transporte habilitados
para prestar el servicio, los operadores del servicio de transporte deben
cumplir con el aforo (número de asientos permitidos)
• Queda prohibido el transporte interprovincial de
pasajeros, con excepción de los traslados humanitarios interprovinciales.
• Se autoriza el uso de vehículos particulares para el
abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros, solo y
exclusivamente dentro del distrito de residencia, en cuyo caso se permite una
persona por vehículo;
• Las medidas que propongan los Gobiernos regionales y
locales para contribuir al cumplimiento de las medidas establecidas en el
presente decreto supremo, deberán ser previamente coordinadas y aprobadas por
el Gobierno Nacional
Después de leer, responde las
siguientes preguntas:
A partir de esta
situación, encontrarás un desafío para el bien común, deberás hacer escuchar tu
voz y participarás en acciones colectivas planteando propuestas para la mejora
de tu comunidad y el país. Debes tener en cuenta la evaluación de los acuerdos
y normas de convivencia, las prácticas culturales en relación con estilos de
vida de tu comunidad, así como las estrategias para enfrentar conflictos
Responde la
siguiente pregunta:
1. Evalúa
los acuerdos y las normas de convivencia que se implementan por la pandemia del
COVID-19, Elabora un Organizador creativo
y explica ¿La propagación del SARS-CoV-2 de qué manera es un asunto o problema público?
ME PREGUNTO:
REFLEXIONO Y RESPONDO
-
¿PARA QUÉ APRENDÍ?
- ¿QUE DIFICULTADES TUVISTE
AL DESARROLLAR LA SESIÓN?
Enviar sus evidencias al Whatsapp: ELVIS DURAND P./ 91 90 20090
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